Una vivienda por cada 90 m² de superficie edificable residencial
Algunos detalles de la nueva Ley de Vivienda de Baleares con respecto a la aplicación en los municipios, los Planes Generales deberán adaptarse a la Normativa
El crecimiento en altura, bajo unas limitaciones, permitirá hasta una vivienda por cada 60 m² de la superficie construida por la actuación, y en los cambios de uso de terrenos de equipamientos privados
AGENCIA MANACORNOTICIAS 02/10/2023 - 13:00:00
Illes respetando las competencias municipales, dado que los ayuntamientos, mediante un acuerdo del pleno municipal, podrán limitar de manera parcial o dejar sin efecto las actuaciones previstas en el Decreto ley

Algunos detalles de la nueva Ley de Vivienda de Baleares: En cuanto al alcance de las nuevas medidas para crear viviendas, las actuaciones previstas permitirán crear hasta un máximo de una vivienda por cada 60 m² de superficie edificable residencial de la parcela —como dato de referencia para calcular el número de viviendas que se pueden crear—, en los casos de reconversión de locales y de aumento de las densidades en edificios plurifamiliares, y un máximo de una vivienda por cada 90 m² de superficie edificable residencial, en el caso de las viviendas unifamiliares entre medianeras de planta baja y dos plantas más, las cuales actualmente no se pueden subdividir.

El crecimiento en altura, bajo unas limitaciones, permitirá hasta una vivienda por cada 60 m² de la superficie construida por la actuación, y en los cambios de uso de terrenos de equipamientos privados y de establecimientos turísticos, hasta una vivienda por cada 60 m² de superficie destinada a uso residencial, en ambos casos también tomando este dato como referencia para calcular el número de viviendas que se pueden crear.

hasta una vivienda por cada 60 m² de superficie destinada a uso residencial, en ambos casos también tomando este dato como referencia para calcular el número de viviendas que se pueden crear.

Las actuaciones a que faculta este Decreto ley tienen carácter temporal, con el fin de impulsar un carácter incentivador, y se establece un plazo de solicitudes de licencias de hasta dos años desde la entrada en vigor del Decreto ley —a partir del día siguiente a su publicación en el BOIB— y, para la ejecución de las actuaciones, un plazo de hasta tres años desde su inicio (sin perjuicio de las prórrogas que se puedan otorgar de acuerdo con la normativa urbanística).

Con este decreto, el Govern pone al alcance de los ayuntamientos un conjunto de actuaciones encaminadas a facilitar el acceso a la vivienda en todos los municipios de las Illes respetando las competencias municipales, dado que los ayuntamientos, mediante un acuerdo del pleno municipal, podrán limitar de manera parcial o dejar sin efecto las actuaciones previstas en el Decreto ley por cualquier circunstancia que se acuerde dentro de su competencia municipal. 

Como ejemplos de precios de compra, en los casos de viviendas de 60 m² y 80 m², las diversas franjas de precios de los HPL, según el municipio y la etiqueta de eficiencia energética de las viviendas, los precios limitados de compra oscilarían entre los 102.000 euros de los tramos de precio más reducidos hasta un máximo de aproximadamente 241.000 euros en el caso de las actuaciones en edificaciones existentes. En los casos de obra nueva, entre unos 121.000 euros y unos 285.000 euros.

En el caso del alquiler, en viviendas de 60 m² y 80 m² útiles, los precios limitados se situarían entre los 385 euros en los tramos más bajos hasta un máximo de unos 905 euros, en el caso de las actuaciones en edificaciones existentes, la mayoría de las previstas en el Decreto Ley. Si se trata de obra nueva, los precios de alquiler de estos dos ejemplos oscilarían entre unos 455 euros y unos 1.070 euros. Estas franjas de precios se establecen en función del municipio y de la etiqueta energética de las viviendas, y los ejemplos proyectan los precios aproximados aplicando la actualización de precios de 2023, que será aprobada próximamente.

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